
Si tienes el cuidado personal de un niño, niña o adolescente, o mantienes una relación directa y regular con alguno de ellos y quieres salir del país. Necesitaras una autorización. ¿Pero de quién?
1.-En primer termino necesitas la autorización del padre o madre que no viajara al extranjero con ese niño o niña.
¿Cómo se realiza esta autorización para salir del país.?
El padre o madre o cuidador del niño o niña deberá concurrir a una notaría con su cédula de identidad y solicitar se redacte dicha autorización. Deberá firmarla y ser autorizada por el notario.
Requisitos:
- El autorizante debe ser mayor de edad.
- Debe tener su Cédula de identidad vigente.
- Debe ser ante Notario.
Contenido de la autorización para salir del país:
- Individualización del autorizante, el lugar y la fecha.
- Individualización del niño, niña o adolescente.
- individualización del destino al cual viajara el niño, niña o adolescente.
- Periodo por el cual se extiende la autorización del viaje.
- También en este tipo de autorizaciones se pueden agregar clausulas como por ejemplo que no se autoriza la iniciar tramites de adopción del niño, niña o adolescente en el extranjero. Asimismo la de no permitir que viaje a países que se encuentren en guerra, catástrofe natural o social.
¿Necesitas un Abogado para redactar el documento?
No, pero es mejor dejar a los profesionales redactarlo. Para que no se te escape ningún detalle.
¿Cuánto tiempo dura la autorización?
La ley no señala plazos para la autorización, perfectamente el autorizante puede extender la autorización para salir del país por más de 1 año. Sin embargo, en la practica, quien tiene el control migratorio en el país es la PDI y rechazan autorizaciones que tengan más tiempo que el de 12 meses.
¿Sí el padre de mi hijo no lo reconoció, necesito autorización para salir del país?
No, si el padre o madre del niño, niña o adolescente que va a salir del país no lo reconoció como su hijo, no puede prestar la autorización. Por lo que el niño puede salir del país con el padre o madre que si lo reconoció sin necesidad de autorización alguna.
¿Qué pasa si no me quieren dar la autorización?
No sólo puede darse la situación en la que el padre o madre que no tiene el cuidado personal no quiere dar la autorización. También puede suceder que se encuentre inubicable. En ese caso, es el Juez de Familia quien entrega la autorización en subsidio de quién debió entregarla.
2.- En un procedimiento judicial frente a los Tribunales de Familia, un Juez de dichos tribunales puede otorgar dicha autorización en subsidio. Todo comienza a través de una demanda.
Procedimiento.
- Toda autorización de salida del país se produce por el juez de familia. Previa interposición de una demanda. La cual debe ser firmada por el padre o madre en representación de su hijo/a.
- En el caso de la autorización, esta demanda debe ser patrocinada por un abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.
-Documentación Requerida:
- Certificado de nacimiento del hijo/a.
- Certificado de residencia del niño/a.
- Comprobante de pasajes de ida y vuelta.
- Comprobante de estadía en el país al que se dirigen.
- El tribunal realiza una revisión de admisibilidad a la demanda, y si esta cumple con los requisitos establecidos en la ley, ordenara se le notifique al demandado y citará a las partes a una audiencia preparatoria. La que se celebrará aproximadamente entre 30 a 45 días después del ingreso de la demanda.
- En dicha audiencia el juez de familia llamará a las partes a conciliación, esto quiere decir que les preguntará si tienen la voluntad de llegar a un acuerdo en beneficio de su hijo/a. Si aceptan, termina la audiencia. Si no llegan a conciliación, se fija una segunda audiencia que es la de juicio. En ella se rinde la prueba ofrecida.
- Se rinde la prueba documental y la testimonial. Respecto de esta última es importante que los solicitantes presenten dos testigos mayores de edad, los que pueden ser familiares. Para que den testimonio sobre el beneficio que significa para el hijo/a el viaje al extranjero.
- Si la prueba rendida cumple con el objetivo fijado por el tribunal, este sentenciara y dará la autorización para salir del país.
Nota- Es fundamental que el día del viaje el Niño/ lleve la copia autorizada de la sentencia, asimismo del certificado de ejecutoria. El que acredita que la sentencia se encuentra firme, vale decir, no proceden recursos contra ella. Sin estos documentos, no los dejaran viajar.
Nota- Por los plazos de tramitación de los Tribunales de familia en la actualidad, les recomendamos iniciar el procedimiento judicial con a lo menos 3 meses de anticipación al viaje. Esto debido a que es necesario notificar la demanda al padre que no quiere o no puede prestar la autorización.
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