La etapa de cumplimiento se origina toda vez que una de las partes en el proceso ha incumplido su obligación respecto de la materia de alimentos.
Generalmente es el alimentante (Quién realiza el pago de la pensión de alimentos) el que falla en el pago de la pensión, la retarda o cumple de manera parcial.
Frente a esto, la ley entrega una serie de herramientas con las que se puede solicitar el cumplimiento forzado de la obligación debida.
Así también en esta etapa se pueden realizar acuerdo de pago; liquidaciones de deuda; reajuste del monto de la pensión a U.T.M.
Cumplimiento en materia de alimentos
$200.000Precio
Impuesto excluido
Una vez que terminé la etapa de cumplimiento, realizaremos, sin costo adicional, un seguimiento de tres meses en lo cuales velaremos por que tus intereses se sigan resguardando.